Concepto CGR. EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS. Naturaleza jurídica. Responsabilidad fiscal. Desarrollo jurisprudencial. VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL. SUJETO DE CONTROL FISCAL. FACULTAD IMPOSITIVA DE LOS ENTES TERRITORIALES. ESTAMPILLAS Y TASAS. Naturaleza jurídica de las estampillas o tasas. SUJETO DE CONTROL FISCAL. Consecuencias. Autonomía de las Contralorías territoriales (2026)
De conformidad con lo establecido por la Corte Constitucional, interpretando la Constitución Política, la Ley 42 de 1993, la Ley 610 de 2000 y el Decreto Ley 267 de 2000, son gestores fiscales, independientemente de la condición pública o privada del ejecutor, los servidores públicos y/o particulares que por habilitación legal, administrativa o contractual manejen o administren bienes y recursos públicos y que tengan capacidad decisoria frente a los mismos.
Concepto CGR. INFORME DE GESTIÓN. Responsables de presentarlo. ¿Quién debe presentar el Informe de Gestión contemplado en la Ley 951 de 2005? (2026)
Si bien el deber de presentar el acta de informe de gestión le corresponde únicamente a los servidores públicos identificados en la Ley 951 de 2005, esto no exime del deber legar, para todo servidor público, de entregar los bienes y asuntos a su cargo, a la finalización de su vinculación con una entidad estatal determinada.
Concepto CCE. Ley de garantías. ENTIDADES CON RÉGIMEN ESPECIAL. ¿Las Entidades Estatales con régimen especial de contratación pueden contratar de manera directa en vigencia de la Ley de Garantías Electorales –Ley 996 de 2005 –? (2026)
es necesario precisar el alcance de la prohibición establecida en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005. Esta restricción no solo aplica frente a las entidades sometidas al Estatuto general de Contratación de la Administración Pública, sino también frente a las entidades que tengan un régimen especial de contratación. No obstante, también se observa que luego de la expedición de Ley 1150 de 2007, el Consejo de Estado comenzó a delimitar con mayor precisión el término de “contratación directa”. Así, para la prohibición o restricción temporal contenida en su artículo 33, “contratación directa” es cualquier sistema de selección o procedimiento de contratación utilizado por las Entidades Estatales que no incluya la convocatoria pública en alguna de sus etapas, ni permita la participación de una pluralidad de oferentes.
Concepto CCE. MODIFICACION DE LOS CONTRATOS ESTATALES. Aspectos generales. Límites. Carácter Excepcional. ADICIÓN DEL CONTRATO ESTATAL. Concepto. Distintos supuestos. Prohibición. Adición en más del 50%. Alcance. Cambio de Cuantía. MÍNIMA CUANTÍA. Si como resultado de una modificación o adición se supera el tope máximo de la modalidad de mínima cuantía, ello no implica per se la imposibilidad de la adición, siempre que se cumplan los requisitos generales de procedencia de las modificaciones contractuales y el límite del artículo 40 de la Ley 80 de 1993. ¿Es jurídicamente viable realizar una modificación a un contrato celebrado bajo la modalidad de mínima cuantía cuando, como resultado de dicha modificación, se excede el tope máximo establecido para esta modalidad de contratación? (2026)
“…. si como resultado de una modificación o adición se supera el tope máximo de la modalidad de mínima cuantía, ello no implica per se la imposibilidad de la adición, siempre que se cumplan los requisitos generales de procedencia de las modificaciones contractuales y el límite del artículo 40 de la Ley 80 de 1993. No obstante, dicha situación debe analizarse a la luz de la debida planeación del proceso, a efectos de verificar que la modificación no esté siendo utilizada para desbordar o corregir una indebida estructuración inicial del contrato.”
Concepto CCE. GARANTÍA DE ÚNICA DE CUMPLIMIENTO. Definición. Fundamento normativo. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. Definición. Objetivo. Normativa. GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO. Suficiencia. CONTRATO ESTATAL. Funciones de control y vigilancia. SUPERVISIÓN. Ejercicio. Contratista. Apoyo a la supervisión. ¿Es procedente que la entidad estatal declare el incumplimiento de un contrato por deficiencias o ampliación extemporánea de la garantía de cumplimiento, una vez finalizado el plazo de ejecución y sin que se hayan causado perjuicios, y si de ello puede derivarse responsabilidad disciplinaria para los funcionarios encargados de su control? (2026)
“… es el supervisor del contrato quien debe verificar que la garantía única de cumplimiento se mantenga vigente hasta la liquidación o que sea ampliada cuando proceda, en desarrollo del deber de seguimiento técnico, administrativo, financiero y jurídico previsto también en los artículos 4, 5, 14 y 26 de la Ley 80 de 1993 y en el Decreto 1082 de 2015.”
Concepto CCE. GARANTÍAS CONTRACTUALES. Exigencia. Obligación del proponente. Obligación del contratista. Finalidad. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Vigencia. Liquidación del contrato. PLAZO DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN. Diferencia. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. Tipos. Términos para adelantarlo. Consecuencias pérdida de oportunidad. ¿La garantía de cumplimiento debe encontrarse vigente hasta la liquidación del contrato? (2026)
De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.12 del Decreto 1082 de 2015, la garantía de cumplimiento debe tener una vigencia mínima hasta la liquidación del contrato. En ese sentido, el amparo cubre tanto el plazo de ejecución como el plazo de vigencia del contrato. Al respecto la jurisprudencia define el plazo de ejecución como el establecido para la realización de las prestaciones contractuales y, de igual forma, considera que el plazo de vigencia de este no ha finalizado mientras subsista la obligación para las partes de liquidar el contrato.
Concepto CCE. ESTABILIDAD OCUPACIONAL REFORZADA – Mujer embarazada y/o periodo de lactancia. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Protección por maternidad. Ley de garantías. ENTIDADES TERRITORIALES. Restricciones preelectorales. Planeación contractual. ¿De qué manera debe una entidad estatal armonizar la protección del derecho a la estabilidad ocupacional reforzada de las mujeres en estado de embarazo o en periodo de lactancia, vinculadas mediante contratos de prestación de servicios, con las restricciones a la contratación directa previstas en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005 durante el período preelectoral? (2026)
“… corresponde a la entidad determinar, de manera autónoma y debidamente motivada, si resulta jurídicamente viable acudir a figuras como la prórroga, modificación o adición de contratos celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia de las prohibiciones previstas en la Ley de Garantías Electorales, siempre que dichas actuaciones no impliquen la celebración de un nuevo negocio jurídico ni desnaturalicen la restricción a la contratación directa, y se ajusten a los principios de planeación, transparencia y responsabilidad.”
Concepto CCE. ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA DE MUJER EMBARAZADA. Fuero de maternidad. Concepto. Unificación jurisprudencial. ESTABILIDAD OCUPACIONAL REFORZADA. CONTRATOS ESTATALES. Continuidad contractual limitada por la culminación de la vigencia fiscal. REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO. Consensuales. Reales. Solemnes. REQUISITOS DE EJECUCIÓN. Concepto. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Renovación. ¿Cuál es el alcance de la protección derivada de la estabilidad ocupacional reforzada en un contrato de prestación de servicios por condición de embarazo? ¿Cuál es el término que tiene una entidad púbica contratante para celebrar y/o renovar un nuevo contrato de prestación de servicios con la madre para proteger el fuero? (2026)
En aquellos eventos en los que la continuidad contractual se vea limitada por la culminación de la vigencia fiscal, la entidad podrá optar por la celebración de un nuevo contrato de prestación de servicios al inicio de la vigencia fiscal siguiente, procurando en todo caso una mínima solución de continuidad, con el propósito de garantizar la protección efectiva de los derechos de la contratista durante el período de amparo constitucional.
Concepto CCE. Ley de garantías. Finalidad. BIENES PÚBLICOS. Tipos. Bienes fiscales. Bienes de uso público. CONTRATACIÓN DIRECTA. Causal del artículo 2 numeral 4 literal i de la Ley 1150 de 2007. Interpretación restrictiva. Arrendamiento de bienes inmuebles. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. BIENES FISCALES. Características. ¿Cómo opera la restricción y las excepciones contempladas en el artículo 33 de la Ley de Garantías Electorales (Ley 996 de 2005) respecto de los contratos de arrendamiento de bienes fiscales? (2026)
“… cuando la entidad estatal actúe como arrendadora puede evaluar si, debido a lo explicado en los párrafos anteriores, es conveniente adelantar una convocatoria pública en garantía del principio de libre concurrencia. No obstante, lo cierto es que –dentro del marco normativo vigente– las entidades públicas son autónomas y responsables tanto de la estructuración de sus procesos de contratación como de determinar la modalidad de selección aplicable para suplir sus necesidades.”
Concepto CCE. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. Concepto. Taxatividad. Interpretación restrictiva. INCUMPLIMIENTO REITERADO. ¿Cuál es el alcance y cómo se interpretan las causales de inhabilidad e incompatibilidad en el sistema de compras y contratación pública respecto de los incumplimientos reiterativos en un mismo contrato durante una misma vigencia?
“… es necesario que se haya declarado el incumplimiento en al menos dos (2) contratos, lo que excluye que el supuesto se aplique si se han declarado dos (2) incumplimientos en un solo contrato. Igualmente, dichos incumplimientos debieron haberse declarado durante los últimos tres (3) años. Lo que si es indiferente para aplicación de la inhabilidad respecto al supuesto del literal b) es si los incumplimientos son declarados por una misma Entidad o varias.”