BOLETINES DE ACTUALIZACIÓN

ESTATUTO GENERAL DE CONTRATACIÓN

ÍNDICE TEMÁTICO

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Consejo de Estado. SOBRECOSTOS EN CONTRATO ESTATAL. Excesiva onerosidad. ESTUDIOS DEL MERCADO. No se tuvieron en cuenta. BUENA FE DEL CONTRATISTA. EQUILIBRIO ECONÓMICO. HECHO DEL PRÍNCIPE. La causa del desequilibrio económico del contrato alegado en la demanda no fue posterior a la celebración del negocio jurídico sino que se generó en la etapa previa a su suscripción; no fue un hecho imprevisible, puesto que era previsible y debió ser previsto por el contratista en el momento de preparar su propuesta; y no consistió en un hecho ajeno a las partes o imputable a la entidad a título de ius variandi o hecho del príncipe, puesto que se originó en la actitud omisiva del Consorcio (…), que no observó la suficiente diligencia y cuidado en la elaboración de su propia oferta (2020)

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Consejo de Estado. Régimen privado. CONTRATO DE OBRA A PRECIOS UNITARIOS. Tal forma de estipulación del precio, lo hace indeterminado pero determinable por el procedimiento fijado por las partes del contrato, y tiene un desarrollo habitual en los contratos de obra, tanto en el derecho contractual público como en el privado, en ejercicio de la autonomía privada de la voluntad. EQUILIBRIO ECONÓMICO. Efectos económicos del contrato estatal. PLIEGO DE CONDICIONES. Contenido. Reglas. PLANEACIÓN CONTRACTUAL. PLAZO DEL CONTRATO ESTATAL. Modificación del plazo. SOBRECOSTOS EN EL CONTRATO DE OBRA. No fueron objeto de reclamo durante las etapas contractuales. PRECIO DEL CONTRATO DE OBRA. PRÓRROGA DEL CONTRATO ESTATAL. ADICIÓN DEL CONTRATO. Silencio del contratista (2020)

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Consejo de Estado. EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO. TEORÍA DEL HECHO DEL PRÍNCIPE. Concepto. No es necesario acreditar la gravedad de la afectación de la ecuación financiera del contrato cuando la expedición de la disposición proviene de la propia entidad contratante. Reiteración jurisprudencial. DIFERENCIA ENTRE TEORÍA DEL HECHO DEL PRÍNCIPE Y TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN. INEJECUCIÓN DEL CONTRATO ESTATAL. ORDENANZA DEPARTAMENTAL. Estableció un descuento del cuatro por mil a toda cuenta u orden de pago a favor de personas naturales o jurídicas provenientes de contratos. Creó una carga imprevisible para el contratista. TEORÍA DEL HECHO DEL PRÍNCIPE. Configurada al demostrarse que el contrato sufrió un desequilibrio por un acto expedido por la propia entidad contratante (2020)

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Consejo de Estado. PEAJES. ACTUACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN COMO ESTADO Y AUTORIDAD REGULATORIA. EL HECHO DEL PRÍNCIPE O FACTUM PRINCIPIS. Cuando la Administración expide Leyes o Actos Administrativos de carácter general que afectan directa o indirectamente la ejecución del contrato y alteran de manera extraordinaria, imprevisible y anormal el equilibrio prestacional. Diferencia con el ius variandi. PEAJES. DECRETO 050 DE 2023. Efectos del Decreto 50 de 2023 sobre el contrato, el Tribunal determinó que este no constituía un evento comprendido como Riesgo de Menor Recaudo. LAS ASOCIACIONES PÚBLICO-PRIVADAS DE INICIATIVA PRIVADA: LA ASIGNACIÓN DE RIESGOS. Prohibición de modificaciones que tengan por objeto el desembolso de recursos públicos en los proyectos de iniciativa privada que no requieren recursos públicos, y la aplicación de la teoría del equilibrio económico. RECURSO EXTRAORDINARIO DE ANULACIÓN. Declara infundado. Causal 2 del artículo 41 de la Ley 1563 de 2012. Causal 7 del artículo 41 de la Ley 1563 de 2012. EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO. Hecho del príncipe. Orden de NO incrementar las tarifas de peaje (2026)

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Consejo de Estado. Declara infundado. RECURSO EXTRAORDINARIO DE ANULACIÓN DE LAUDOS ARBITRALES – Características generales y naturaleza – Solo permite juzgar errores in procedendo – no es segunda instancia. CAUSAL 7ª DEL ARTÍCULO 41 DE LA LEY 1563 DE 2012 – Haberse fallado en conciencia o equidad, debiendo ser en derecho. Diferencias entre laudo en conciencia y laudo en equidad. No es posible mediante esta causal controvertir la interpretación o valoración de las pruebas que realizaron los árbitros. CAUSAL 8ª DEL ARTÍCULO 41 DE LA LEY 1563 DE 2012 – Contener el laudo disposiciones contradictorias, errores aritméticos o errores por omisión o cambio de palabras o alteración de estas. CAUSAL 9ª DEL ARTÍCULO 41 DE LA LEY 1563 DE 2012 – Haber recaído el laudo sobre aspectos no sujetos a la decisión de los árbitros, haber concedido más de lo pedido o no haber decidido sobre cuestiones sujetas al arbitramento (2026)

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Consejo de Estado. OBLIGACIONES EN LOS CONTRATOS ESTATALES DE TRACTO SUCESIVO. Vencimiento. PLAZO DE EJECUCIÓN Y PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO ESTATAL. Diferencia. El acaecimiento del período previsto para la ejecución de las prestaciones no libera a las partes del vínculo negocial. PLAZO CONTRACTUAL. Es un hecho futuro y cierto para el nacimiento, cumplimiento e inclusive extinción de una obligación. Habiendo vencido el plazo del contrato el 31 de agosto de 1979, ¿las obligaciones concernientes a éste eran exigibles con posterioridad a ese momento? o, en otras palabras, ¿es viable exigir al departamento el cumplimiento de las prestaciones a las que se comprometió con posterioridad a la terminación del negocio jurídico y hasta que ocurra el fallecimiento de los beneficiarios de la pensión de jubilación? RECOBRO DE LAS CUOTAS PARTE PENSIONALES – constituye un trámite especial previsto en la legislación que no modifica los supuestos de contabilización de la caducidad de la acción de controversias contractuales / RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE LA PENSIÓN – Consolida las cuotas partes pensionales (2026)

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Fiscal y disciplinario

Actualización normativa

Entes de control exhortan al Gobierno saliente a garantizar que los informes de empalme sean publicados y permanezcan disponibles para consulta pública. Se debe verificar que la totalidad de los contratos suscritos, ejecutados, liquidados y aquellos que se encuentren en curso, hayan sido publicados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública -SECOP.

La Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República exhortaron al Gobierno saliente, así como a las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, a garantizar que los informes de empalme con el equipo del presidente electo sean publicados y permanezcan disponibles para consulta pública en los canales institucionales dispuestos […]

Para acceder a esta publicación, debe comprar Membresía 12 meses, Membresía 36 meses, Membresía 24 meses o Membresía 18 meses.

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Reducción del gasto en contratos de prestación de servicios. Contratación de personal para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.

Reducción del gasto en contratos de prestación de servicios. A partir del día siguiente a la publicación del presente decreto, las entidades y organismos que forman parte del Presupuesto General de la Nación aplicarán un plan de reducción del gasto que genere ahorro sobre los contratos de prestación de servicios para la vigencia 2026 respecto […]

Para acceder a esta publicación, debe comprar Membresía 12 meses, Membresía 36 meses, Membresía 24 meses o Membresía 18 meses.

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Noticias de interés

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