Consejo de Estado. ACCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Procede para impugnar la legalidad de los actos administrativos contractuales. ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO. Procede para impugnar la legalidad de los actos administrativos dentro de los 4 meses siguientes a su notificación. ACTOS DEL LIQUIDADOR: Los actos del liquidador relativos a la aceptación, rechazo o calificación de créditos constituyen actos administrativos sujetos al control de la jurisdicción contencioso administrativa. ACCIÓN PROCEDENTE CONTRA ACTOS DEL LIQUIDADOR. Los actos administrativos del liquidador deben controvertirse mediante la acción de nulidad y restablecimiento del derecho del artículo 85 del CCA y no por controversias contractuales del artículo 87, pues no ostentan naturaleza contractual sino administrativa (2026)

“… la Sala concluye que la demanda adolece de ineptitud sustantiva, por indebida escogencia de la acción, en tanto no integra de manera adecuada el petitum con la causa petendi, al omitir la solicitud de nulidad del acto administrativo que definió el efecto jurídico principal que la parte actora pretende obtener, esto es, la exclusión de la masa de liquidación de su crédito y el estudio del pago del mismo conforme a las reglas del contrato -incumplimiento- y no conforme a las reglas del proceso de liquidación. Todos estos aspectos fueron definidos en la Resolución 120 de 2008, que no fue demandada por la vía idónea: la nulidad y restablecimiento del derecho”.

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Concepto CCE. ADENDAS. Límites materiales. Límites Temporales. EXPEDICIÓN EXTEMPORANEA. Vulnera principios de transparencia y economía. NULIDAD DEL CONTRATO. Causales. SANEAMIENTO. Vicios. Procedimiento de forma. Requisitos. REVOCATORIA DIRECTA. Actos Administrativos. Acto de apertura. Tesis. ¿Cuáles son los límites materiales y temporales para modificar el pliego de condiciones a través de adendas? ¿Qué actuaciones son susceptibles de saneamiento en los términos del artículo 49 de la Ley 80 de 1993? ¿Es revocable de forma unilateral el acto administrativo de apertura cuando se han presentado propuestas en un proceso de selección? (2026)

Tratándose de la expedición de adendas en contravía con el artículo 30.5 del EGCAP y el artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015, se reitera que el vicio es insaneable por lo arriba expuesto. Dado que el artículo 93.1 de la Ley 1437 de 2011 permite la revocatoria “Cuando sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o a la ley”, la continuidad del servicio es un criterio irrelevante para descartar la revocación, especialmente, cuando la causal citada sólo se fundamenta en un juicio de legalidad, lo que lo descarta razones de oportunidad o de conveniencia.

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Concepto CCE. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. Concepto objetivo. Normativa. Tipos. COMPETENCIA TEMPORAL. Liquidación. ¿Es posible liquidar contratos estatales fuera de los plazos regulados en la ley o realizar modificaciones después de la caducidad del medio de control de controversias contractuales? (2026)

Si no ha caducado el medio de control de controversias contractuales, es posible modificar la liquidación bilateral siempre que exista mutuo acuerdo entre las partes que la suscribieron. Si la liquidación se realizó unilateralmente, las modificaciones pueden provenir de la necesidad de corregir errores simplemente formales en los términos del artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, aplicable por remisión del inciso 1 del artículo 77 de la Ley 80 de 1993

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Concepto CCE. DECRETO 287 2026. SISTEMA DE PREFERENCIA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Constitución Política. Ley 1618 de 2013. APLICACIÓN DEL DECRETO 287 DE 2026. Según las etapas del proceso. ¿La acreditación simultánea de varias de las condiciones previstas en el artículo 2.2.1.2.4.2.7.4 del Decreto 1082 de 2015 permite otorgar un puntaje superior al 2%? ¿Cuál es el alcance de la definición de empleo nivel directivo a efectos de acreditar la calidad de emprendimiento y empresas de Personas con Discapacidad mujeres establecida el numeral 4 del artículo 2?2.1.2.4.2.6 del Decreto 1082 de 2015? ¿El certificado de discapacidad requerido en el Decreto 287 de 2026, debe establecer un porcentaje mínimo de pérdida de capacidad laboral o funcional? ¿El puntaje del 2% es compatible con los incentivos para MiPymes y para emprendimiento y empresas de mujeres? ¿Las entidades estatales tienen obligación de incorporar el puntaje adicional en los procesos de contratación cuya resolución de apertura se realizó antes del 19 de marzo de 2026? (2026)

Para los procesos de contratación con proyecto de pliego publicado pero sin apertura al 19 de marzo de 2026, se recomienda que se incorporen las medidas del Decreto 287 de 2026 antes de publicar los pliegos definitivos. En esa etapa aún es posible realizar ajustes sin afectar derechos adquiridos de los proponentes.

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Concepto CCE. CONTRATO DE DONACIÓN. Régimen aplicable. Formalidades y Solemnidades. Según Naturaleza y Valor de Bienes Donados. Modalidad de contratación. Entidades Públicas y Particulares. ¿Cuál es el régimen jurídico del contrato de donación en la contratación estatal? ¿El contrato de donación, en el marco del derecho civil colombiano, está sujeto a formalidades y solemnidades específicas para su validez y eficacia? ¿Cuál es el procedimiento contractual aplicable y qué requisitos sustanciales y procedimentales que debe cumplir una entidad estatal para la celebración de contratos de donación sea con una entidad pública y privada? (2026)

“… no resulta jurídicamente viable adelantar un proceso competitivo para la selección del “contratista”, dado que la donación depende de la voluntad de una persona determinada de transferir gratuitamente un bien o recurso, o de la decisión de la entidad de favorecer a un sujeto específico conforme a criterios previamente definidos y autorizados por el ordenamiento jurídico”.

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Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Tipología. Control de ejecución del contrato estatal. SUPERVISIÓN. Planes de mejoramiento. Responsabilidad disciplinaria. MECANISMOS DE CONTROVERSIÓN. ¿Puede una entidad estatal en ejercicio de la función de supervisión contractual, exigir o implementar planes de mejoramiento a colaboradores vinculados mediante contrato de prestación de servicios, sin que ello implique desconocer la naturaleza civil o comercial de dicho contrato y la ausencia de subordinación propia de la relación laboral? En caso de que la exigencia de planes de mejoramiento desborde las facultades de supervisión de la entidad, ¿podría dicha actuación generar responsabilidad administrativa o disciplinaria para la entidad o el supervisor? ¿Qué mecanismos jurídicos puede ejercer el contratista para controvertir la imposición de planes de mejoramiento cuando se considere que estos desconocen el régimen jurídico aplicable a la contratación y afecten sus derechos contractuales? (2026)

“… la supervisión contractual habilita a la entidad para exigir el cumplimiento del contrato, pero no para imponer mecanismos que impliquen subordinación o que desnaturalicen el vínculo jurídico y las características del contrato de prestación de servicios. Por lo tanto, la entidad estatal debe prever que la utilización de planes de mejoramiento se demarque dentro de los límites propios de la relación contractual; de lo contrario, no solo se compromete la legalidad de la actuación administrativa, sino que se generan riesgos para la entidad, que decantan en la habilitación de mecanismos de defensa para el contratista afectado.”

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Concepto CCE. PLIEGO DE CONDICIONES. Naturaleza. Contradicción de información. REGLAS DE INTERPRETACIÓN. ¿Puede una entidad estatal incluir en el contrato cláusulas no previstas en el pliego de condiciones sin vulnerar los principios de transparencia y selección objetiva? (2026)

“… es posible establecer, por ejemplo, que en caso de contradicción entre el contenido establecido en el pliego de condiciones y el incluido por la entidad, proponentes o contratista en los demás documentos del proceso de contratación, primará lo señalado en el pliego de condiciones.”

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Concepto CCE. PLANEACIÓN. ESTUDIOS PREVIOS. ANÁLISIS DEL SECTOR. ESTUDIO DEL MERCADO. Objetivo. Recomendaciones. Instrumentos institucionales. Guía de elaboración de estudios del sector. ¿Cuáles son los lineamientos normativos y técnicos que deben observar las entidades estatales para la elaboración del análisis del sector y estudios previos de los procesos de contratación? (2026)

Los numerales 2 y 4 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 exigen que en los estudios previos se determine el objeto a contratar con sus especificaciones, y se señale el valor estimado del contrato y la justificación de este. Para cumplir este objetivo es necesario el análisis del sector económico y de los oferentes, actividad de planeación previa que sirve para identificar aspectos concretos del mercado que pueden afectar el proceso de selección o las condiciones del negocio a realizar mediante el proceso de contratación de bienes, obras o servicios.

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Concepto CCE. SUBSANABILIDAD. Aplicación. Regla general. Excepciones. Alcance de la regla. Ámbito temporal. CAUSALES DE RECHAZO. Procedencia. PRECIO. Inclusión de impuestos. EVALUACIÓN DEL PRECIO. Incluye el IVA. ¿El oferente puede firmar la oferta después del cierre de un proceso de selección? ¿Se considera causal de rechazo la oferta que erróneamente discriminó el valor del IVA? (2026)

“… las propuestas económicas deben evaluarse incluyendo el IVA en el precio total del producto, el cual no se puede excluir. En este orden de ideas, conociendo que el precio es un factor que asigna puntaje en la mayoría de los procesos de contratación excepto en el concurso de mérito, ante una errónea estructuración del IVA en la oferta económica se podría subsanar: 1) Si el valor total del precio de la oferta económica no surte modificación, en este caso el puntaje no tendría modificación y por consiguiente puede ser subsanado según la regla descrita. 2) En los procesos contractuales donde el contratista es seleccionado por concurso de méritos, en este caso el precio no asigna puntaje, siendo factible su modificación.”

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Concepto CCE. CONTRATO DE CONSULTORÍA/INTERVENTORÍA. Características. Es un contrato independiente. La prórroga de la obra no implica de suyo la del interventor, aunque puede realizarse cumpliendo las solemnidades de ley. El incumplimiento del contrato vigilado, como lo sería un contrato de obra, no significa por sí solo el incumplimiento del de interventoría. PRECIO. FACTOR MULTIPLICADOR. Si el factor multiplicador se usa para determinar costos, el contratista debe demostrar el gasto de cada componente. ¿Cuál es la naturaleza jurídica y el alcance del factor multiplicador en los contratos de interventoría? (2026)

Para efectos de la consultorías e interventorías, el factor multiplicador es una metodología permite imputar al contrato los costos directos asociados a prestaciones laborales y sociales del personal vinculado con carácter exclusivo al proyecto, la utilidad del ingeniero y los costos de administración asociados al personal, afectando el valor parcial de la oferta por un factor multiplicador. De esta manera se obtiene un subtotal de costos directos a partir de la sumatoria de los valores correspondientes los salarios del personal, incrementado a partir de su multiplicación por un factor que suele consistir en una cifra de dos dígitos, con una parte entera y otra decimal.

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