Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Naturaleza. PLANEACIÓN CONTRACTUAL. Alcance. ESTUDIOS PREVIOS. Alcance. ESTUDIOS DEL SECTOR. Identificación aspectos de mercado. GARANTÍAS CONTRACTUALES. Amparos. Indivisibilidad. ¿Es viable que la entidad contratante exija al contratista la constitución de la garantía única de cumplimiento? (2026)
“… en principio, en los contratos de prestación de servicios no es obligatorio la constitución de garantías. La exigencia de garantías en los contratos de prestación de servicios dependerá del análisis que en cada caso realice la Entidad Estatal en los estudios previos, pues derivado del examen, el contratante podrá definir la necesidad a satisfacer y así mismo determinar si resulta necesario exigir o no al contratista la constitución de una garantía de cumplimiento con el fin de amparar los riesgos que se puedan desarrollar en la ejecución del contrato de prestación de servicios a celebrar.”
Consejo de Estado. Caducidad del medio de control CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO ITUANGO. Responsabilidad extracontractual. Actividad minera (2026)
“La Sala confirmará la decisión de primera instancia que declaró probada la excepción de caducidad del medio de control de reparación directa frente a las pretensiones vinculadas con la compensación recibida por los demandantes por las afectaciones sufridas por la construcción del proyecto hidroeléctrico Ituango”.
Concepto CCE. CONTRATOS CON ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO. EAL. DECRETO 092 DE 2017. Contrato de colaboración. Convenios de asociación. ¿Cómo se determina, en función de los aportes, el procedimiento para la selección de las ESAL en los convenios de asociación del artículo 96 de la Ley 489 de 1998? (2026)
“… la reducción de los aportes de la ESAL no puede realizarse de forma fráudenla para eludir los procesos competitivos, pues la contratación directa es excepcional y solo procede bajo los supuestos regulados en el decreto citado. Dicha modificación no solo implica un riesgo de investigaciones disciplinarias, sino también de tipicidad del delito de celebración de contratos sin cumplimiento de los requisitos legales en los términos del artículo 410 de la Ley 599 de 2000.”
Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS. CONTRATOS Y CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS.Al haber entrado en vigor la restricción del artículo 33 el pasado 31 de enero de 2026, quedo restringida toda contratación directa, lo que incluye a los contratos y convenios interadministrativos que se celebren de forma directa con o sin ejecución de recursos (2026)
“… al haber entrado en vigor la restricción del artículo 33 el pasado 31 de enero de 2026, quedo restringida toda contratación directa, lo que incluye a los contratos y convenios interadministrativos que se celebren de forma directa con o sin ejecución de recursos. En tal sentido, hasta que no se desarrollen los comicios para escoger presidente de la República, las entidades estatales solo tienen la posibilidad de suscribir contratos y/o convenios interadministrativos: i) previo desarrollo de proceso competitivo; ii) cuando se configure alguno de las excepciones contempladas en el inciso segundo del artículo 33 de la Ley 996 de 2005 o iii) los que deben celebrarse en virtud de un fallo judicial o por mandato legal.”
Concepto CCE. GARANTÍAS CONTRACTUALES. Contratación estatal. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Amparos. Finalidad. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. Características. Suficiencia. Criterios de aprobación. ¿Es procedente que una entidad estatal, tras advertir la omisión de la garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual (RCE) en la minuta original de un contrato que por su naturaleza la requería, exija su constitución mediante la suscripción de una prórroga? ¿La ausencia de esta garantía faculta la liquidación del contrato por imposibilidad jurídica y una nueva contratación del servicio configuraría un fraccionamiento contractual? (2026)
“… en el caso que la entidad no encuentre viable proceder a la subsanación, la entidad podría evaluar la liquidación del contrato por mutuo acuerdo o mediante un acto administrativo motivado, fundamentándose en la imposibilidad jurídica de continuar con una ejecución que vulnera el régimen legal de gestión de riesgos, sin que la posterior contratación del saldo del objeto con un nuevo contratista constituya fraccionamiento, siempre que la terminación del vínculo inicial esté debidamente justificada.”
Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS. Finalidad. Tipos de restricciones. Celebración. Límite. SECOP II. Plataforma transacciónal. CONTRATO ELECTRÓNICO. Aprobación. Perfeccionamiento. ¿Cuál es el momento de celebración del contrato estatal en la plataforma de SECOP II, para efectos de la aplicación de las restricciones de la Ley de Garantías Electorales? ¿Cuáles son las consecuencias jurídicas cuando su perfeccionamiento en la plataforma del SECOP II ocurre dentro del período de prohibición, aun cuando las etapas previas de estructuración, publicación, adjudicación y aceptación por parte del contratista se llevaron a cabo con anterioridad a dicho periodo? (2026)
“… cuando el proceso de contratación se adelanta por el SECOP II la aprobación del contrato para su perfeccionamiento y posterior ejecución deberá efectuarse en dicha plataforma de conformidad con el procedimiento descrito. En todo caso, hasta que no se efectué la aprobación en el SECOP II por parte del ordenador del gasto de la Entidad no se entiende perfeccionado el contrato. Bajo este contexto, en atención a la consulta planteada, es pertinente señalar que debido a que el concepto “celebrar””
Concepto CCE. CONTRATO ESTATAL. Ejercicio. Funciones de control y vigilancia. SUPERVISIÓN. INTERVENTORÍA. Características. Designación. Servidor público. Lineamientos. SUPERVISIÓN CONJUNTA. Distribución de cargas. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Apoyo a la supervisión. ¿Existe alguna disposición normativa que establezca o limite el número de supervisores en un contrato estatal? (2026)
La normativa vigente en materia de contratación estatal no señala un número mínimo o máximo de supervisores que hagan seguimiento a la ejecución contractual y garanticen su cumplimiento.
Concepto CCE. LEY DE EMPRENDIMIENTO. Ley 2069 de 2020. Criterios diferenciales. EMPRESAS Y EMPRENDIMIENTOS DE MUJERES. Decreto 1860 de 2021. CAPACIDAD JURÍDICA. Persona Natural. Persona jurídica. ¿Puede acreditarse la condición de Emprendimientos y Empresas de Mujeres conforme a lo dispuesto en el numeral primero del artículo 2.2.1.2.4.2.14 del Decreto 1082 de 2015 cuando una o algunas de las accionistas son mujeres menores de edad? (2026)
“… independientemente de que la edad de los socios, accionistas o constituyentes, tratándose de un oferente que sea una persona jurídica, para determinar si puede o no ser beneficiario de los criterios diferenciales a favor de las empresas y emprendimientos de mujeres, debe determinarse que la persona jurídica cumpla con los requisitos antes expuestos. Nótese que el numeral primero del artículo 2.2.1.2.4.2.14. del Decreto 1082 de 2015 no hace ninguna distinción en la calidad de los socios, diferente a que el porcentaje de participación de mujeres y donde no distingue el legislador, no le es dado hacerlo al intérprete.”
Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Naturaleza. Elementos. Características. Acreditación de idoneidad o experiencia – Guía para la incorporación de lineamientos de integridad en la contratación de prestación de servicios. CONTRATOS ESTATALES. Requisitos de perfeccionamiento. Requisitos de ejecución. Consensuales. Reales. Solemnes. SEGURIDAD SOCIAL. Alcance. Ley 789 de 2002. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Hoja de vida SIGEP. Ley 1083 de 2015. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Declaración de Bienes y Rentas. Ley 2013 de 2019 (2026)
“… Estos deberes se constituyen como una condición de capacidad jurídica – requisito habilitante, y un presupuesto necesario para la legalización del contrato, ya que su inobservancia afecta directamente la aptitud de la persona para ser contratista del Estado, impidiendo que la entidad pública pueda proceder válidamente con el perfeccionamiento y la firma del acuerdo.”
Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. ESTAMPILLAS. Costos administrativos y estampillas. ¿De conformidad con el régimen jurídico aplicable a las estampillas territoriales, resulta procedente exigir su pago en contratos de prestación de servicios de aseo y cafetería o de obra? (2026)
“… la procedencia del descuento por concepto de estampillas en contratos de prestación de servicios de aseo y cafetería o de obra deberá verificarse caso por caso, de conformidad con el contenido de la ordenanza departamental o acuerdo municipal o distrital aplicable, así como con la ley que autoriza la creación del respectivo tributo. Esta verificación debe adelantarse atendiendo a la literalidad de la disposición tributaria, la cual no puede extenderse por analogía ni aplicarse a hechos no previstos expresamente por el legislador territorial.”