Este aparte del Proyecto de Decreto se eliminó del texto final:

“Las obligaciones contingentes que se generen en los proyectos de concesión o asociaciones público-privadas, producto de las disposiciones contenidas en el presente decreto, serán cubiertas con los recursos disponibles en la subcuenta infraestructura del Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales. Los recursos utilizados para la compensación de estas obligaciones contingentes serán devueltos de manera prioritaria al Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales con los recursos obtenidos de la aplicación de la Contribución Nacional de Valorización – CNV de los que trata el Decreto 1255 de 2022, entendiendo esta transferencia como un uso autorizado de la mencionada contribución. Lo dispuesto en el presente decreto en relación con las obligaciones contingentes se someterá a lo dispuesto en la Ley 448 de 1998 y sus decretos reglamentarios”.

Según la norma expedida por el Ministerio de Transporte, estos son los peajes concesionados a cargo de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) que deberán mantener las tarifas establecidas antes de que empezara a regir el decreto. Cuadro tomado de la Agencia Nacional de Infraestructura.

PEAJES CONCESIONADOS EN COLOMBIA
A CARGO DE LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA
ProyectoTipo de proyectoPeajesNo. PeajesIncremento tarifario 2023
Accesonorte4G1. Fusca
2. Andes
3. Unisabana
3Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Autopista al Río Magdalena 24G1. Puerto Berrio1Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Autopista Conexión Pacífico 14G1. Amagá1Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Autopista Conexión Pacífico 24G1. Primavera
2. Pintada
2Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Autopista Conexión Pacífico 34G1. Acapulco
2. Guaico
3. Irra
4. Supia
4Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Autopistas Mar 14G1. Aburra1Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Briceño – Tunja – Sogamoso3G1. El Roble
2. Albarracin
3. Tuta
3Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Bucaramanga – Barrancabermeja – Yondó4G1. La lizama1Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Bucaramanga – Pamplona4G1. Picacho1Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Cartagena – Barranquilla y Circunvalar de la Prosperidad4G1. Marahuaco
2. Puerto Colombia
3. Papiros
4. Galapa
5. Juan Mina
5Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Córdoba – Sucre3G1. La Esperanza
2.  Las Flores
3. Los Garzones 1
4. Los Garzones 2 
4Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Cucuta – Pamplona4G1. Acacio1Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Honda- Puerto Salgar – Girardot4G1. Brisas
2. Cambao
3. Guataquí
3Se regirá por el decreto 0050 de 2023
IP – Antioquia – Bolívar4G1. Purgatorio
2. Manguitos
3. Matecaña
4. Cedros
5. La Apartada
6. San Carlos
7. San Onofre
7Se regirá por el decreto 0050 de 2023
IP – Cambao Manizales4G1. Alvarado
2. Armero
3. Honda
3Se regirá por el decreto 0050 de 2023
IP – GICA4G1. Chicoral
2. Gualanday
3. Cocora
3Se regirá por el decreto 0050 de 2023
IP – Malla vial del Meta4G1. Yucao
2. Casetabla
3. Iracá
4. La Libertad
5. Ocoa
5Se regirá por el decreto 0050 de 2023
IP – Neiva – Girardot4G1. Patá
2. Flandes
3. Neiva
3Se regirá por el decreto 0050 de 2023
IP – Vías del Nus4G1. Cisnero
2. Pan de Quedo
3. Cabildo
4. Trapiche
4Se regirá por el decreto 0050 de 2023
IP Chirajará – Fundadores4G1. Boquerón I
2. Boquerón II
3. Naranjal
4. Pipiral
4Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Malla Vial del Valle del Cauca y Cauca5G1. Estambul
2. Ciat
3. Mediacanoa
4. Cerrito
5. Rozo
6. Cencar
7. Villarica
8. Pasolatorre
8Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Perimetral de Oriente de Cundinamarca4G1. Patios
2. Cabañas
3. Sopo
3Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Puerta de Hierro – Palmar de Varela y Carreto – Cruz del Viso4G1. El Carmen
2. Calamar
2Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Rumichaca – Pasto4G1. El Placer1Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Ruta del Sol – Sector 33G1. Copey
2. Difícil
3. La loma
4. Puente Plato
5. Tucurinca
6. Valencia
6Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Santa Marta – Riohacha – Paraguachón1G1. Neguanje
2. El Ebanal
3. Alto Pino
4. Paraguachón
4Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Santafé de Bogotá (Puente el Cortijo)  – Siberia – La Punta – El Vino – La Vega – Villeta1G1. Caiquero
2. Siberia
2Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Santana – Mocoa – Neiva4G1. Los cauchos
2. Altamira
2Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Tercer Carril4G1. Chinauta
2. Chusaca
2Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Transversal – Sisga4G1. Macheta1Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Troncal Magdalena 15G1. Zambito
2. Aguas negras
2Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Troncal Magdalena 25G1. Pailitas
2. Morrison
3. La Gómez
3Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Villavicencio, Yopal4G1. Puente Amarillo
2. Veracurz
3. San Pedro
3Se regirá por el decreto 0050 de 2023
Autopistas del Caribe4G1. Pasacaballos
2. Sabanagrande
3. Bayunca
4. Gambote
5. Galapa
5Incremento realizado en enero 10 de 2023
*Previo al decreto 0050 de 2023.
Armenía, Pereira, Manizales1G1. Pavas
2. Santagueda
3. San Bernardo
4. Circasia
5. Tarapaca1
6. Corzoza
7. Tarapaca2
7Incremento realizado en enero 6 de 2023.
*Previo al decreto 0050 de 2023.
Bogotá (Fontibón) – Faca – Los Alpes1G1. Río Bogotá
2. Corzo
2Incremento realizado en enero 6 de 2023.
*Previo al decreto 0050 de 2023.
Desarrollo Vial del Oriente Medellín1G1. Guarne
2. LasPalmas
2Incremento realizado en enero 6 de 2023.
*Previo al decreto 0050 de 2023.
Autopista Conexión Norte4G1. Zaragoza1Incremento realizado en enero 6 de 2023.
*Previo al decreto 0050 de 2023.
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