“… la imposibilidad de ejecutar un contrato por un evento de fuerza mayor libera a las partes del cumplimiento de sus obligaciones sin responsabilidad para ninguna de ellas, salvo que expresamente se hubiere estipulado lo contrario”.
“… la imposibilidad de ejecutar un contrato por un evento de fuerza mayor libera a las partes del cumplimiento de sus obligaciones sin responsabilidad para ninguna de ellas, salvo que expresamente se hubiere estipulado lo contrario”.