“… no es posible acoger la tesis del consorcio recurrente porque ello implicaría equiparar y trocar la regla de caducidad para la nulidad relativa con la de nulidad absoluta ya que, la misma norma dispone que, en todo caso, podrá demandarse la nulidad absoluta del contrato mientras este se encuentre vigente.”

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 1 mes.
Facebook
Twitter
LinkedIn
login-contratacion-en-linea