¿Un documento mediante el cual una persona natural desarrolla actividades de formación, aprendizaje o apoyo en una entidad estatal sin recibir remuneración, honorarios ni contraprestación económica constituye contrato estatal sometido al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública? ii) ¿Existe obligación de publicar esa actuación en el SECOP II y, de no existir, cuál es el fundamento jurídico de esa conclusión y cuál el canal de publicidad que corresponde? iii) ¿Deben publicarse en el SECOP II los convenios celebrados con instituciones de educación superior para la realización de prácticas y los documentos individuales de vinculación de los estudiantes?