i) ¿Cuál es el régimen de los contratos celebrados por las asociaciones de Cabildos y/o autoridades tradicionales Indígenas y organizaciones indígenas en el marco del Sistema General de Regalías?, y ii) ¿En qué eventos las entidades ejecutoras de proyectos financiados con recursos del SGR deben sujetarse al EGCAP para la ejecución de dichos proyectos? Asimismo, con el propósito de atender integralmente la consulta, se abordarán los siguientes problemas jurídicos: iii) ¿La designación como ejecutoras de recursos del Sistema General de Regalías transforma la naturaleza jurídica de las asociaciones de cabildos y/o autoridades tradicionales indígenas y de las organizaciones indígenas en entidad estatal en los términos del artículo 2 de la Ley 80 de 1993?; iv) ¿Puede la entidad ejecutora trasladar a un tercero el manejo material de los recursos conservando únicamente su condición formal de ejecutora, y bajo qué figura contractual puede vincular a terceros para la ejecución del proyecto?; y v) ¿Resultan aplicables a estos ejecutores los criterios de nulidad por falta de correspondencia entre el objeto contratado y el objeto e idoneidad de la entidad ejecutora fijados por la jurisprudencia del Consejo de Estado?

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