“En el presente asunto, en línea de lo estimado por el tribunal de primera instancia el convenio de asociación XXXX se regía por el derecho privado y en ese sentido, el Banco Inmobiliario Metropolitano (BIM) en calidad de empresa industrial y comercial del Estado contaba con la facultad para declarar la caducidad del convenio de manera unilateral, por consiguiente, la decisión del a quo de denegar las pretensiones de la demanda fue acertada, razón por la cual la Sala confirmará la decisión adoptada”.

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 18 meses o Membresía 1 mes.
Facebook
Twitter
LinkedIn
login-contratacion-en-linea