“Primero, los oferentes pueden pronunciarse sobre las respuestas que adoptó la entidad frente a las observaciones al informe de evaluación, sin que implique que puedan mejorar, adicionar o modificar su oferta. De ser necesario, la entidad estatal puede suspender la audiencia cuando considere que debe verificar lo propuesto por alguno de los oferentes. Segundo, cuando […]

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