Concepto CCE. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES. Concepto. Contenido. Carácter estimativo. ¿Existe una obligación de identidad literal entre la descripción de la adquisición incluida en el Plan Anual de Adquisiciones, la denominación consignada en el certificado de disponibilidad presupuestal y el objeto definido en los documentos del proceso de contratación, o puede la entidad precisar este último durante la estructuración del proceso, conservando la correspondencia material con la necesidad y adquisición previamente planeadas? (2026)

“… el PAA no constituye el instrumento en el que se define de manera definitiva el objeto contractual. Esta concreción corresponde a la etapa de estructuración del proceso de contratación, para lo cual los estudios y documentos previos sirven de soporte y deben contener, entre otros elementos, la descripción de la necesidad que la entidad pretende satisfacer y el objeto a contratar, con sus respectivas especificaciones.

Por ello, durante la estructuración del proceso, la Entidad Estatal puede precisar la denominación y el alcance del objeto contractual, atendiendo a la necesidad que pretende satisfacer y a los análisis que sustentan la contratación, sin que exista, por ese solo hecho, una obligación de reproducir literalmente la denominación empleada en el PAA.”

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Concepto CCE. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. Noción. Características. FRACCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Configuración. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES. Reglas para actualizarlo. ¿Puede una Entidad Estatal celebrar convenios interadministrativos con el mismo objeto sin generar fraccionamiento del contrato? ¿En qué circunstancias las Entidades Estatales deben actualizar su Plan Anual de Adquisiciones? (2026)

“… el artículo 2.2.1.1.1.4.4 del Decreto 1082 de 2015, dispuso que el PAA deberá actualizarse “por lo menos una vez durante su vigencia”. De esta forma se tiene que, las Entidades Estatales podrán actualizar el Plan Anual de Adquisiciones cuantas veces lo estimen necesario, siempre y cuando se encuentren dentro de los supuestos establecidos en el inciso segundo de la referida norma, esto es: i) cuando haya ajustes en los cronogramas de adquisición, valores, modalidad de selección, origen de los recursos; ii) para incluir nuevas obras, bienes y/o servicios; iii) excluir obras, bienes y/o servicios; o iv) modificar el presupuesto anual de adquisiciones”.

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Concepto CCE. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES. Concepto. Guía para elaborar el plan anual de adquisiciones. Obligatoriedad de elaboración. Deber de actualización. Información a reportar. SECOP II. Deber de publicar. ¿Las Entidades Estatales se encuentran en la obligación de actualizar el Plan Anual de Adquisiciones – PAA y que debe incluirse dentro de la actualización? ¿Es necesaria la publicación en el Sistema Electrónico de Contratación Pública – SECOP? ¿Existe algún tope máximo para la actualización del PAA? (2026)

La actualización del Plan Anual de Adquisiciones deberá publicarse en la página web de la respectiva entidad y en el SECOP II.

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Concepto CCE. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES. Concepto. Carácter estimativo. ¿Cuál es la noción jurídica del Plan Anual de Adquisiciones? ¿Qué información debe relacionarse en el Plan Anual de Adquisiciones? ¿En qué circunstancias debe actualizarse el Plan Anual de Adquisiciones? (2026)

“… el inciso segundo (2) del artículo citado estableció cuatro (4) eventos en los que procede actualizar el Plan Anual de Adquisiciones: i) ajustes en los cronogramas de adquisición, valores, modalidad de selección y origen de los recursos; ii) para incluir nuevas obras, bienes o servicios; iii) excluir obras, bienes o servicios y iv) modificar el presupuesto anual de adquisiciones. El inciso citado solo estableció los eventos en los que tiene que actualizarse, sin limitar la modificación a ciertos topes, como, por ejemplo, aumentar o disminuir valores. La norma no enfatizó en este punto, por lo cual, en principio, podrá modificarse.”

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Concepto CCE. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES. Noción. Guía para elaborar el plan anual de adquisiciones. Obligatoriedad de elaboración. ¿Cómo deben relacionarse en el Plan Anual de Adquisiciones, los recursos mediante los cuales se pagarán los bienes, obras o servicios a adquirir en una determinada vigencia fiscal? (2026)

“… las normas que regulan el PAA, no contemplan la forma en la que las Entidades Estatales deberán relacionar en este, los recursos mediante los cuales pagarán los bienes, obras o servicios a adquirir en una determinada vigencia fiscal, pues lo que solicita el artículo 2.2.1.1.1.4.1. del Decreto 1082 de 2015 a las entidades, entre otros aspectos, es que estas cuando conozcan el bien, obra o servicio a satisfacer, indiquen el tipo de recursos con cargo a los cuales los pagarán, sin indicar la manera en la que esto deba desagregarse. (…)”.”

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CONCEPTO CCE. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES. Contenido. Contratos sin erogación presupuestal. ¿Debe una Entidad Estatal incluir en el Plan Anual de Adquisiciones aquellas necesidades de contratación que no implican erogación presupuestal, como los contratos cuya cuantía sea cero (0)?

“… tratándose de contratos que no impliquen erogación presupuestal, como pueden ser los contratos o convenios donación o cualquier otro que tenga cuantía cero (0), si estos tienen por objeto la adquisición de bienes, obras y/o servicios deben estar contemplados en el plan anual de adquisiciones de la entidad.”

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Concepto CCE. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES. Contenido. Carácter Estimativo. Actualización. ¿El Plan Anual de Adquisiciones (PAA) se debe actualizar cuando se celebra otro sí que implique modificación al valor del contrato? (2025)

“… según lo previsto en el literal (i) del artículo 2.2.1.1.1.4.4 del Decreto 1082 de 2015 antes citado, se considera que sí se debe realizar la actualización del Plan Anual de Adquisiciones cuando se celebra un otro sí que implique modificación al valor del contrato.”

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Concepto CCE. PLAN ANUAL DE ADQUISICIÓN. Concepto. Guía. Obligatoriedad de elaboración. Reglas para actualizarlo. ¿Cuántos procesos de contratación pueden relacionarse en una misma línea del Plan Anual de Adquisiciones? (2025)

“… una vez analizado el marco jurídico aplicable al Plan Anual de Adquisiciones, se evidencia que dichas disposiciones no establecen un número mínimo ni máximo respecto de las necesidades que puedan relacionarse en una misma línea del referido plan.”

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Concepto CCE. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES. Plan de acción. Publicidad. Entidades obligadas. Contenido. Carácter estimativo. ¿Cuál es la naturaleza jurídica del Plan Anual de Adquisiciones y el marco normativo vigente respecto a su actualización?       

Conforme a la interpretación general de las normas del sistema de compras públicas, el Plan Anual de Adquisiciones –PAA– es un acto administrativo definitivo de carácter general, con independencia de que adopte el nombre de resolución, acuerdo, o ninguno de ellos.

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Concepto CCE. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES. Contenido. Carácter estimativo. Actualización. ¿La información señalada en el plan anual de adquisiciones debe coincidir con la realización de cada proceso de contratación? (2025)

El plan anual de adquisiciones es un instrumento de planificación y orientación de la contratación de las entidades públicas, establecido para identificar las necesidades de contratación, en el que se incluyen, de manera estimativa, los bienes, obras y servicios que la Administración está interesada en adquirir, pero que de ninguna manera restringe las decisiones en la contratación, que habrán de adoptarse dentro de la anualidad respectiva.

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