Concepto CCE. EGCAP. Ámbito de aplicación. Entidades estatales. CONTRATO ESTATAL. Criterio orgánico. CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR. Naturaleza Jurídica. PROGRAMAS DE BIENESTAR. Modalidad de selección. Decreto 092 de 2017. ¿Cuál es la modalidad de selección aplicable para que una entidad territorial adquiera servicios de bienestar social ofrecidos por las Cajas de Compensación Familiar, teniendo en cuenta su naturaleza jurídica y el marco normativo vigente en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública? ¿Resulta procedente aplicar el Decreto 092 de 2017 para la contratación de servicios de bienestar social con una Caja de Compensación Familiar, o debe acudirse a las modalidades de selección previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública? ¿Qué requisitos y condiciones deben observar las entidades territoriales al contratar servicios de bienestar social con Cajas de Compensación Familiar, para garantizar el cumplimiento de los principios de planeación, transparencia, economía y selección objetiva? (2026)

En consecuencia, en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública no existe una causal de contratación directa que habilite a las entidades territoriales a contratar con las Cajas de Compensación Familiar la ejecución de programas de bienestar social por el solo hecho de estar afiliadas a ellas. Las causales de contratación directa son taxativas —artículo 2, numeral 4, de la Ley 1150 de 2007— y no comprenden este supuesto. Tampoco procede la contratación directa interadministrativa del literal c) de dicho numeral, por cuanto las Cajas de Compensación Familiar no son entidades estatales. Por ello, la selección del contratista debe adelantarse por la modalidad que corresponda según el objeto y la cuantía, sin perjuicio del régimen especial del artículo 355 de la Constitución Política y del Decreto 092 de 2017 cuando se cumplan sus presupuestos.

El procedimiento para esta clase de trámites contractuales también puede ser, excepcionalmente, desarrollado mediante: a) la modalidad de selección de menor cuantía conforme el literal b, numeral 2, artículo 2 de la Ley 1150 de 2007-; b) mínima cuantía, cuando el valor de la contratación no supere el 10% de la menor cuantía, y cuyo criterio de evaluación es el menor precio –numeral 5° del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007-.

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 18 meses o Membresía 1 mes.

Concepto CCE. SUBSANABILIDAD DE LAS OFERTAS. Regla aplicable. Aspectos subsanables. Términos. PROCESOS DE MÍNIMA CUANTÍA. Subsanabilidad de las ofertas. Regla aplicable. Términos para subsanar. ¿Qué aspectos pueden subsanarse en un proceso de contratación pública y en qué término? (2026)

En síntesis y para un mejor entendimiento del significado de la expresión “circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso” lleva necesariamente a distinguir entre la prueba de un hecho y el hecho mismo. En el caso de la subsanabilidad de las ofertas, una cosa es el requisito habilitante o el elemento de la propuesta y otra su prueba. Lo que prohíbe la norma es que se subsanen requisitos que no estaban cumplidos al momento de presentar la oferta, o en palabras de la ley, que se acrediten hechos que ocurrieron después del cierre del proceso.

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 18 meses o Membresía 1 mes.

Concepto CCE. MÍNIMA CUANTÍA. Generalidades. Ley 1150 de 2007. Normas reglamentarias. Decreto 1082 2015. Procedimiento. ACEPTACIÓN DE LA OFERTA. Perfeccionamiento del contrato. SECOP II. ¿En los procesos de mínima cuantía, la aceptación de la oferta debe constar con firma física o puede perfeccionarse mediante SECOP II? (2026)

“… es preciso indicar que, de conformidad con lo previsto en el literal d) del numeral 5 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y en el numeral 9 del artículo 2.2.1.2.1.5.2. del Decreto 1082 de 2015, en los procesos de mínima cuantía la oferta y su aceptación constituyen el contrato estatal, razón por la cual el perfeccionamiento del vínculo contractual se produce con la comunicación de aceptación de la oferta por parte de la entidad estatal al proponente seleccionado, sin que sea necesaria la suscripción de una minuta contractual. No obstante, debe tenerse en cuenta que, desde una perspectiva operativa, el diseño transaccional de la plataforma SECOP II puede requerir la elaboración y suscripción de dicho documento para efectos de culminar el flujo del proceso en el sistema.”

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 18 meses o Membresía 1 mes.

Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Concepto. Modalidad de selección. Características. MÍNIMA CUANTÍA ¿Todos los contratos de prestación de servicios se deben contratar mediante la modalidad de contratación directa? ¿La prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, puede contratarse mediante la modalidad de selección de mínima cuantía? (2026)

En ese sentido, podrán contratar la adquisición de bienes, la ejecución de obras o la prestación de servicios mediante la modalidad de mínima cuantía, siempre que se cumpla el criterio de cuantía y que las normas que integran el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública —Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y las demás que las modifiquen o complementen— no hayan asignado de manera expresa dichos objetos a una modalidad de selección diferente.

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 18 meses o Membresía 1 mes.

Concepto CCE. REQUISITOS HABILITANTES. EXPERIENCIA. Forma de acreditación. MÍNIMA CUANTÍA. ¿Puede la entidad estatal exigir, en procesos de mínima cuantía, que el integrante de un proponente plural que acredita la experiencia habilitante tenga al menos el 50% de participación, o dicha condición vulnera los principios de pluralidad de oferentes, selección objetiva y proporcionalidad en la contratación estatal? (2026)

“… la exigencia de que el integrante del proponente plural que este aportando la experiencia habilitante se le exija el 50% de participación dentro de ese esquema de participación plural podría resultar contraria a los principios de selección objetiva, pluralidad de oferentes y libre concurrencia, que orientan la contratación pública en Colombia.”

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 18 meses o Membresía 1 mes.

Concepto CCE. MODIFICACION DE LOS CONTRATOS ESTATALES. Aspectos generales. Límites. Carácter Excepcional. ADICIÓN DEL CONTRATO ESTATAL. Concepto. Distintos supuestos. Prohibición. Adición en más del 50%. Alcance. Cambio de Cuantía. MÍNIMA CUANTÍA. Si como resultado de una modificación o adición se supera el tope máximo de la modalidad de mínima cuantía, ello no implica per se la imposibilidad de la adición, siempre que se cumplan los requisitos generales de procedencia de las modificaciones contractuales y el límite del artículo 40 de la Ley 80 de 1993. ¿Es jurídicamente viable realizar una modificación a un contrato celebrado bajo la modalidad de mínima cuantía cuando, como resultado de dicha modificación, se excede el tope máximo establecido para esta modalidad de contratación? (2026)

“…. si como resultado de una modificación o adición se supera el tope máximo de la modalidad de mínima cuantía, ello no implica per se la imposibilidad de la adición, siempre que se cumplan los requisitos generales de procedencia de las modificaciones contractuales y el límite del artículo 40 de la Ley 80 de 1993. No obstante, dicha situación debe analizarse a la luz de la debida planeación del proceso, a efectos de verificar que la modificación no esté siendo utilizada para desbordar o corregir una indebida estructuración inicial del contrato.”

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 18 meses o Membresía 1 mes.

Concepto CCE. MÍNIMA CUANTÍA. Modalidad de selección. INVITACIÓN. Características. Requisitos técnicos. OBLIGATORIEDAD DE LA INVITACIÓN. Contenido. GARANTÍA DE SERIEDAD. Finalidad. No obligatoriedad. ¿Cuál es el alcance de la invitación en los procesos de mínima cuantía? ¿Pueden las Entidades Estatales exigir el cumplimiento de requisitos que no se establezcan en la invitación? ¿Cuál es el alcance del concepto “condiciones técnicas exigidas” referido en el artículo 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015? ¿Qué es y cuál es la naturaleza de la garantía de seriedad de la oferta? (2026)

“… la garantía de seriedad no constituye un requisito habilitante ni una condición técnica del bien, obra o servicio. En la licitación pública, la selección abreviada y el concurso de méritos su exigencia es de orden legal obligatorio, pues la omisión de presentarla es una causal de rechazo conforme al parágrafo 3 del numeral 4 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007. Sin embargo, en los procesos de mínima cuantía el artículo 2.2.1.2.1.5.5 del Decreto 1082 de 2015 dispone expresamente que la entidad es libre de exigirla o no, decisión que debe estar debidamente justificada en los estudios previos a partir del análisis del riesgo del proceso y del sector económico. Precisamente por su carácter potestativo en esta modalidad, si la entidad decide exigirla deberá incluirla de manera expresa en la invitación pública, pues es en ese documento donde deben constar las reglas del proceso de selección.”

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 18 meses o Membresía 1 mes.

Concepto CCE. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. PROCESO DE SELECCIÓN. ¿Todos los contratos de prestación de servicios se deben contratar mediante la modalidad de contratación directa? ¿La prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, puede contratarse mediante la modalidad de selección de mínima cuantía? (2026)

Las entidades públicas podrán contratar la adquisición de bienes, la ejecución de obras o la prestación de servicios mediante la modalidad de mínima cuantía, siempre que se cumpla el criterio de cuantía y que las normas que integran el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública —Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y las demás que las modifiquen o complementen— no hayan asignado de manera expresa dichos objetos a una modalidad de selección diferente.

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 18 meses o Membresía 1 mes.

Concepto CCE. MODALIDADES DE SELECCIÓN. Selección abreviada de menor cuantía. Características. MÍNIMA CUANTÍA. Fundamento normativo. SALARIO MÍNIMO. Suspensión provisional. Efectos. ¿Cómo influye el Auto del 12 de febrero de 2026 en la estimación del salario mínimo legal mensual para el cálculo de la menor y mínima cuantía? (2026)

“… el numeral cuarto de la providencia judicial precisó lo siguiente: “DIFERIR los efectos de la suspensión provisional, que se hará efectiva únicamente a partir de la fecha en que se publique el decreto de que trata el numeral anterior mediante el cual se determine la cifra transitoria. Durante el lapso comprendido entre la notificación de esta providencia y la fecha de publicación del referido acto administrativo, el valor del salario mínimo para la vigencia 2026 seguirá correspondiendo al establecido en el Decreto 1469 de 2025” (Cursivas fuera de texto). Esto significa que, durante el mencionado periodo, la suma de $1.750.905 fue el salario mínimo mensual vigente para todos los efectos legales, lo que incluye también la influencia de este valor en el cálculo de la menor y mínima cuantía para efectos de la contratación de las entidades sometidas a la Ley 80 de 1993.”

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 18 meses o Membresía 1 mes.

Concepto CCE. MÍNIMA CUANTÍA. CAPACIDAD JURÍDICA. Persona natural. Persona jurídica. ¿Cómo se acredita la capacidad jurídica? ¿Una persona natural no comerciante, que no está inscrita en la Cámara de Comercio, puede suscribir o celebrar contratos de bajo la modalidad de mínima cuantía? (2026)

“… en los Procesos de Contratación de Mínima Cuantía no es obligatorio el Registro Único de Proponentes; por tanto, las Entidades Estatales deben verificar directamente la capacidad jurídica, la experiencia, la capacidad financiera y organizacional en el caso que lo requieran.”

Para descargar este contenido, debes adquirir Membresía 12 meses, Membresía 18 meses o Membresía 1 mes.

Facebook
Twitter
LinkedIn
login-contratacion-en-linea