Consejo de Estado. Aportes parafiscales. Sujetos obligados. Debe pagarlos el contratista sobre la nómina de salarios pagados a sus trabajadores. Se originan en un vínculo laboral y se liquidan sobre la nómina de salarios (2021)
PORTES PARAFISCALES AL SENA / SUJETOS OBLIGADOS A LOS APORTES AL SENA / INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN - Está exonerada de contratar aprendices / SENA - Administra el Fondo Nacional de Formación de la Industria de la Construcción FIC / CONTRIBUCIÓN AL FONDO NACIONAL DE FORMACIÓN DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN FIC – Monto / CONTRIBUCIÓN AL FONDO NACIONAL DE FORMACIÓN DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN FIC – Sujetos obligados / VALOR DE LAS OBRAS – Concepto / CONTRIBUCIÓN AL FONDO NACIONAL DE FORMACIÓN DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN FIC – Se realizan por pertenecer al sector construcción y se liquidan sobre la totalidad de los valores de la obra contratada. Decreto 2375 de 1974 / CONTRATISTA INDEPENDIENTE - Debe pagar aportes al SENA cuando tenga empleados a su cargo / APORTES PARAFISCALES AL SENA - Debe pagarlos el contratista sobre la nómina de salarios pagados a sus trabajadores / APORTES PARAFISCALES AL SENA – Se originan en un vínculo laboral y se liquidan sobre la nómina de salarios. Ley 21 de 1982 / REITERACIÓN DE JURISPRUDENCIA