Consejo de Estado. RESPONSABILIDAD DEL ESTADO EN EL CONTEXTO DE LOS DESASTRES NATURALES. Ausencia de imputación por configuración de la fuerza mayor. De acuerdo con el artículo 64 del Código Civil subrogado por el artículo 1 de la Ley 95 de 1890 la configuración de la fuerza mayor como causal exonerativa de responsabilidad – causa extraña-, requiere de la prueba de tres elementos que en todo caso deben estar presentes, a saber: i) externalidad, ii) imprevisibilidad, y iii) irresistibilidad (2024)