Consejo de Estado. AMIGABLE COMPOSICIÓN. Naturaleza jurídica y concepto. Tiene carácter contractual. No constituye una instancia jurisdiccional de solución de conflictos, ni un procedimiento judicial. MANDATO. Es un contrato en el que una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, por cuenta y riesgo de la primera – el amigable componedor es un mandatario con representación. FACULTADES DEL AMIGABLE COMPONEDOR. Se desprenden de lo dispuesto por los mandantes – DECISIÓN DEL AMIGABLE COMPONEDOR. Produce los efectos de una transacción. tiene fuerza de cosa juzgada, la decisión del amigable componedor no es susceptible de ningún recurso procesal, puede cuestionarse su eficacia como acto jurídico. Inoponibilidad del convenio de composición. COMPETENCIA DEL JUEZ EN SEGUNDA INSTANCIA. Se circunscribe a los aspectos o temas apelados (2024)