La parte demandante pretende que el Departamento sea declarado patrimonial y extracontractualmente responsable por el detrimento patrimonial derivado de la financiación que debió asumir el Fondo Mixto para la Promoción del Deporte y la Gestión Social, en nombre del ente territorial, para la realización de los “IX Juegos Mundiales 2013” o “World Games 2013” que se llevaron a cabo en la ciudad de Cali y varios municipios aledaños, por virtud de un encargo dispuesto por el gobernador de la época mediante oficio del 4 de agosto de 2009. La Sala revoca la sentencia de primera instancia que negó las súplicas de la demanda y, en su lugar, declara la caducidad del medio de control jurisdiccional ejercido con la demanda.