i) ¿Cuál es la noción jurídica de la liquidación de los contratos estatales?; ii) ¿Cómo debe adelantarse la liquidación bilateral de los contratos estatales?; y ii) Una vez liquidado el contrato estatal, ¿cómo deben cobrarse según la norma, los saldos que se adeuden a alguna de las partes?

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