“… en lo que respecta a las inhabilidades asociadas a las relaciones familiares o de parentesco, los literales g) y h) del numeral 1 y el literal b) del numeral 2 del artículo 8 de la ley 80 de 1993, disponen de manera expresa los supuestos que limitan la capacidad para presentar ofertas y celebrar contratos con las Entidades Estatales”.