“… las entidades del orden departamental, podría llegar a celebrar un contrato de prestación de servicios profesionales con un asesor jurídico externo para acompañar las actividades de trámite de un contrato de suministro, pero se aclara que la función de celebrar el contrato no podría ser delegada, teniendo en cuenta que la función puede ser delegada en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes”.