«¿El artículo 2.2.1.2.4.2.16. del Decreto 1860 de 2021 aplica para la modalidad de contratación directa?» “… esta Agencia considera que el artículo 2.2.1.2.4.2.16 del Decreto 1082 de 2015 no aplica en los procesos de contratación que se adelanten mediante la modalidad de contratación directa, por no existir en dichos procesos un pliego de condiciones o documento equivalente al pliego de condiciones. Ello sin perjuicio de que las entidades estatales en ejercicio de su autonomía administrativa, y de acuerdo con su análisis de oportunidad y conveniencia teniendo en cuenta el objeto contractual y el alcance de las obligaciones, decidan incluirlas en la minuta del contrato como una buena práctica contractual, tratándose de procesos de contratación directa”.