Concepto CCE. PLANEACIÓN CONTRACTUAL. Alcance. División del Proceso. Lotes o segmentos. PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES. Lotes o segmentos. FRACCIONAMIENTO CONTRACTUAL. Elementos. Nulidad. ¿Es posible para una entidad estatal dividir sus procesos de contratación en lotes o segmentos, cuando en vigencias anteriores se optó por una contratación bajo un único objeto? ¿Cuál es la distinción jurídica entre el fraccionamiento de contratos y la división en lotes? (2026)
El criterio diferenciador entre el fraccionamiento prohibido y la división en lotes es, en esencia, el elemento teleológico: la finalidad de la segmentación.
Concepto CCE. PRINCIPIO DE PLANEACIÓN. Concepto. Estudios previos. Importancia. DIVISIÓN DEL PROCESO. Lotes o segmentos. Decreto 142 de 2023. DISCRECIONALIDAD. Autonomía entidades estatales. PROPUESTAS PARCIALES. Diferencias. Lotes o segmentos. ¿Es jurídicamente viable estructurar procesos contractuales por lotes en el marco del Sistema de Compra Pública y bajo qué condiciones procede su implementación? (2026)
“… de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, la estructuración de procesos contractuales por lotes o segmentos hace parte de la autonomía y discrecionalidad de las entidades estatales dentro de la etapa de planeación contractual, siempre que dicha decisión se encuentre debidamente justificada en los estudios previos y responda a criterios técnicos, económicos, financieros, logísticos o funcionales que permitan satisfacer adecuadamente la necesidad contractual, promover la pluralidad de oferentes y garantizar la adecuada ejecución del contrato.”
Concepto CCE. FRACCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Concepto. Principio de selección objetiva. ADJUDICACIÓN POR LOTES. Diferencia con el fraccionamiento del contrato. Principio de planeación. ¿En qué consiste el fraccionamiento de contratos y cuál es la diferencia con posibilidad de adjudicación por lotes? (2026)
“…debe distinguirse el fraccionamiento de contrato de la división en lotes. El primero se encuentra prohibido, porque atenta contra el principio de selección objetiva; mientras que el segundo está permitido, con el propósito facilitar la segmentación de mercado y propiciar que varios contratistas ejecuten porciones puntales del objeto contractual. No obstante, en los términos del inciso tercero del artículo 2.2.1.2.4.2.19 del Decreto 1082 de 2015, la posibilidad de adjudicar o no por lotes es una decisión de que debe adoptarse de acuerdo con el principio de planeación.”
Concepto CCE. MIPYMES. Decreto 1860 de 2021. Artículo 5. CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES NACIONALES. Limitación territorial. Relevancia del domicilio de la Mipymes. Limitación territorial. Tiempo mínimo de constitución. LOTES O SEGMENTOS. Ley 2069 de 2020. Artículo 33. Decreto 142 de 2023. Artículo 2.2.1.2.4.2.19. ¿Puede una entidad estatal aplicar la limitación a Mipymes únicamente en aquellos lotes de un proceso de selección por lotes, respecto de los cuales recibió dos solicitudes formales de Mipymes domiciliadas en el lugar de ejecución de cada lote, teniendo en cuenta que el proceso contempla cuatro lugares de ejecución distintos y que no se presentaron solicitudes para los demás lotes? ¿Se entiende cumplido el requisito del artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015 para aplicar la limitación por lote, y no de forma general al proceso? (2025)
“No es posible extender la limitación a los demás lotes para los cuales no se han recibido las solicitudes exigidas, pues el artículo 2.2.1.2.4.2.2 exige la presentación de al menos dos solicitudes formales para habilitar la aplicación de la limitación, y esta condición debe analizarse por cada lote individualmente.”