La Directiva establece: “El periodo de restricciones inicia cuatro (4) meses antes de la fecha prevista para las votaciones, es decir, desde el veintinueve (29) de junio hasta el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintitrés (2023)”.Recordó la Procuraduría que en el caso del Distrito Bogotá D.C., y de conformidad con el Acto Legislativo […]
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