Los informes de evaluación, las observaciones a este y las respuestas a las aclaraciones solicitadas por la entidad contratante son actuaciones que hacen parte de la etapa precontractual del proceso de contratación, y según las consideraciones expuestas, deben publicarse dentro del término previsto por el artículo 2.2.1.1.1.7.1 Ibídem, esto es, tres (3) días hábiles siguientes a su expedición, tratándose de procedimientos publicados en SECOP.
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