Concepto CCE. UNIFICACIÓN. SECOP. Deber de publicación. Principio de publicidad. Plan Anual de Adquisiciones. ¿Cuáles son los documentos que se deben publicar? ¿Se deben publicar las observaciones a los informes de evaluación? ¿Se deben publicar las respuestas a solicitudes de aclaración? Pliego electrónico. Contrato electrónico. Acta de cierre. (2020)
Los informes de evaluación, las observaciones a este y las respuestas a las aclaraciones solicitadas por la entidad contratante son actuaciones que hacen parte de la etapa precontractual del proceso de contratación, y según las consideraciones expuestas, deben publicarse dentro del término previsto por el artículo 2.2.1.1.1.7.1 Ibídem, esto es, tres (3) días hábiles siguientes a su expedición, tratándose de procedimientos publicados en SECOP.