Corte Suprema de Justicia. Delito de contrato sin requisitos legales y peculado por apropiación. Vulneración del principio de planeación. No se trataba de un convenio de transferencia de ciencia y tecnología. Debía adelantarse licitación pública y no contratación directa. Ejecución anticipada del contrato sin cumplir con requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato. Estudios previos. No se estudió el modelo contractual que debía adelantarse (2023)
De acuerdo con la determinación, quedó probado que los citados convenios no se ajustaron a los presupuestos legales de los Decretos 393 y 591 de 1991, en tanto la cooperación prestada por el IICA no representaba la transferencia de tecnología e innovación a los beneficiarios del programa, razón suficiente para que su celebración se hubiera llevado a cabo a través de licitación pública y no de manera directa como se hizo.