Corte Suprema de Justicia. DELITO DE CONTRATO SIN EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES. Mantenimiento correctivo de la malla vial de Bogotá con tareas de repavimentación parcial en las vías mediante el método de inyección a presión neumática. Máquina Tapahuecos. El contratista debió haber sido escogido por medio de un proceso de licitación. De forma artificiosa e injustificada se tramitó un contrato de ciencia y tecnología, en la modalidad de transferencia tecnológica, camuflando la verdadera naturaleza de este que era de obra pública. La Corte reitera que en los contratos de transferencia tecnológica se permite la contratación directa porque este tipo de negociaciones sirven “preponderantemente a un objeto de desarrollo científico o tecnológico propio, cuyo propósito esencial es el logro de una prestación tecnológica que genere valor agregado, que a su vez expanda las posibilidades de transformación y modernización de la propia actividad en ciencia y tecnología. INHABILIDAD INTEMPORAL. Se revoca la inhabilidad intemporal que le había sido impuesta, porque dicha sanción no es aplicable ante el solo delito de inobservancia de requisitos legales en la contratación, al no haberse causado una afectación al patrimonio público, que es lo que da lugar a ese tipo de castigo penal (2024)
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