Corte Constitucional. ESTATUTO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. Interés general. Principios generales. DEBER DE PLANEACIÓN. Imparcialidad de la administración y escogencia objetiva de contratistas. La estricta sujeción de toda actuación del servidor público en materia contractual al interés general y al cumplimiento de los fines de la contratación estatal. INTERÉS INDEBIDO O ILÍCITO EN LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS (2003)
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