Consejo de Estado. VIGENCIAS FUTURAS ORDINARIAS. Marco normativo y jurisprudencial sobre las vigencias futuras. Proyectos de importancia estratégica. En relación con algunos proyectos, la Sala encontró que si bien estos fueron incluidos en el acuerdo municipal, lo cierto es que no fueron declarados previamente por el Consejo de Gobierno municipal como de importancia estratégica para la constitución de vigencias futuras ordinarias, incurriendo así en la prohibición consagrada en el inciso 7º del artículo 12 de la Ley 819 que establece que, la autorización por parte del Confis para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo período de gobierno. Se exceptúan los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno previamente los declare de importancia estratégica ACUERDO MUNICIPAL. Se declaró nulo. AUTORIZACIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL. Existen dos clases de autorizaciones bien diferenciadas que los Concejos Municipales pueden conferir a los alcaldes, por un lado, para celebrar contratos, negociar empréstitos y enajenar bienes municipales y, por otro lado, para ejercer pro tempore precisas funciones de las que corresponden a los Concejos. En cuanto a las primeras, las normas en comento no señalan exigencias especiales, no establecen si dicha autorización debe ser general o específica, ni hace distinción alguna, en tanto que, respecto de las segundas, exigen que deben ser precisas y limitadas en el tiempo. OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO. Artículo 364 de la Constitución Política. El endeudamiento interno y externo de la Nación y de las entidades territoriales no podrá exceder su capacidad de pago. CAPACIDAD DE PAGO. La debe determinar el legislador. No es una libertad absoluta, se deben observar criterios de razonabilidad y proporcionalidad, determinados por la finalidad misma que persigue la definición del concepto “capacidad de pago”, finalidad que no es otra que impedir que la atención de la deuda pública se haga imposible. MARCO NORMATIVO DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES, DE SU PIGNORACIÓN PARA FINANCIAR PROYECTOS DE INVERSIÓN FÍSICA Y DE LAS COMPETENCIAS DE LOS CONCEJOS MUNICIPALES SOBRE EL PARTICULAR. Marco normativo y jurisprudencial del debido proceso (2024)