Consejo de Estado. UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA. ACTOS JURÍDICOS CONTRACTUALES. PRESTADORES DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. Se unifica la jurisprudencia sobre el régimen de los actos jurídicos contractuales. Necesidad de unificación: la naturaleza del acto, el régimen aplicable y el medio de control que le corresponde. Régimen de contratación y naturaleza de los actos expedidos por las empresas de servicios públicos domiciliarios. Salvo las excepciones legales, los actos jurídicos adoptados por los prestadores de servicios públicos domiciliarios con motivo de su actividad contractual, no son actos administrativos y se rigen por la normatividad civil y comercial, así como por las reglas atinentes a su régimen especial. Por tal razón, para controvertirlos a través del medio de control de controversias contractuales, el demandante no tiene la carga de solicitar su anulación. LIQUIDACIÓN CONTRACTUAL. (2024)
Ver más...