Consejo de Estado. SUBASTA INVERSA. Nulidad del acto de adjudicación de un contrato mediante subasta inversa. El demandante no cumplió los requisitos del pliego de condiciones. La decisión de la entidad de no permitirle que se pronunciara en la audiencia de adjudicación no genera nulidad del acto de adjudicación. La parte demandante no demostró que los requisitos técnicos exigidos en el pliego de condiciones fueran ilegales y su oferta no cumplió con los mismos. CARACTERISTICAS TÉCNICAS UNIFORMES. La entidad tiene la facultad de especificar en los pliegos de condiciones las “características técnicas uniformes” de los bienes a adquirir y, por lo tanto, los bienes que ofrecen los proponentes deben cumplir con dichos requisitos técnicos para efectos de garantizar la selección objetiva. FICHA TÉCNICA. MUESTRAS FÍSICAS. Los requisitos exigidos por la entidad pública no eran simples aspectos de diseño sino características relacionadas con la funcionalidad del producto. PARTICIPACIÓN EN LA AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN. El hecho de que la entidad no hubiera permitido que el consorcio se pronunciara en la audiencia de adjudicación, y que, eventualmente, se hubiera podido configurar una vulneración de su derecho de réplica y contradicción, no deviene en la ilegalidad del acto demandado. El demandante NO subsanó la oferta. La oferta fue rechazada porque no se cumpliero los requisitos del pliego de condiciones (2023)