Consejo de Estado. Revoca parcialmente la sentencia. CONTRATO DE OBRA A PRECIOS UNITARIOS. El precio real o definitivo correspondía a la sumatoria de los resultados obtenidos luego de multiplicar las cantidades efectivamente ejecutadas de cada ítem por su respectivo precio unitario. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Responsabilidad patrimonial por incumplimiento de obligaciones contractuales. Se acreditó el incumplimiento pero no el perjuicio generado al contratista. No se acreditó la ejecución y costo de actividades adicionales. REDUCCIÓN SUSTANCIAL DE CANTIDADES DE ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN EL PLIEGO DE CONDICIONES. Variación de la proporcionalidad o correlación establecida entre los ítems del contrato en los documentos de la etapa previa a su celebración. La entidad demandada no se comprometió a asignar al contratista proyectos que comportaran ejecutar una cantidad mínima de ítems (2024)
“La parte demandante solicita, entre otras pretensiones, que se declare que la empresa demandada incumplió un contrato para el levantamiento, la actualización y la digitalización de información y la marcación de redes de telecomunicaciones, y que sea condenada a pagarle distintas sumas de dinero”.