“En relación con los daños que puedan derivarse de las investigaciones que se adelantan en contra de los servidores públicos, el Consejo de Estado ha sostenido que “la simple iniciación de un proceso fiscal no implica en sí mismo una afectación a los derechos del investigado, pues la instrucción se realiza en uso de la obligación legal de ejercer un control frente a las posibles actuaciones que puedan ser constitutivas de un detrimento fiscal”.