Consejo de Estado. Responsabilidad disciplinaria. PRINCIPIO DE PLANEACIÓN. Suscripción de contrato sin estudios previos. Servidor público. Deberes. Principio de economía. Principio de responsabilidad. Desconocimiento. (2013)
“En el proceso disciplinario se probó que la demandante, en su condición de servidora pública, desconoció los principios de economía, planeación y responsabilidad, al suscribir los contratos sin contar con los estudios previos que permitieran a la entidad tener claridad respecto de los requerimientos relacionados con los precios del mercado y las especificaciones técnicas que señalaran adecuadamente las actividades que debían desarrollar los contratistas en la ejecución de los mismos”.