Consejo de Estado. Responsabilidad disciplinaria. Ordenador del gasto. Responsabilidad. Delegación de funciones. Responsabilidad. PRINCIPIO DE PLANEACIÓN. Estudios previos. Elaboración. Principio de publicidad. Deber y la obligación de comunicar a los administrados la totalidad de las actuaciones que realizan dentro de los procesos de selección de sus contratistas. Pliego de condiciones. Reglas claras, justas y completas. Principio de transparencia (2018)
“En materia contractual, las entidades oficiales están obligadas a respetar y a cumplir el principio de planeación, pues resulta indispensable la elaboración previa de estudios y análisis suficientemente serios y completos, antes de iniciar un proceso contractual.
El desconocimiento de este deber legal por parte de las entidades públicas de llevar a cabo los estudios previos vulnera los principios generales de la contratación, en especial el de planeación y con él los de economía, transparencia, responsabilidad, selección objetiva, entre otros, que son los que echa de menos en esta oportunidad esta corporación.