Consejo de Estado. RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR DAÑOS CAUSADOS CON OCASIÓN DE OBRAS O TRABAJOS PÚBLICOS REALIZADOS POR SU CONTRATISTA. Obedece al principio ubi emolumentum ibi onus esse debet, por lo que la Administración responde si se demuestra que el daño ocurrió con ocasión de la prestación del servicio. DAÑOS A EMBARCACIÓN POR PASO DE DRAGAS EN EL RIO MAGDALENA (2024)