Consejo de Estado. Responsabilidad contractual del Estado. Incumplimiento contractual. Perjuicios. Deben acreditarse (2022)
“Empuamazonas simplemente refirió en la demanda y en su reforma que estos perjuicios hacían parte del cálculo del daño emergente realizado en el dictamen pericial38 allegado con la demanda. Sin embargo, a partir de su lectura no resulta posible determinar si Empuamazonas realmente sufrió perjuicios por cuenta del incumplimiento ni mucho menos cuáles fueron esos perjuicios. En el acápite relativo al daño emergente el perito calculó el valor de los sobrecostos operativos y de los pasivos asumidos por el Operador como consecuencia del incumplimiento en que incurrió el Municipio, pero en ninguna de las operaciones hizo referencia a los perjuicios derivados de la no entrega de la documentación y de la gestión de las licencias necesarias para la ejecución del Contrato”.