Consejo de Estado. Concepto. Regla especial de competencia en los procesos disciplinarios. Naturaleza de las funciones de los árbitros. El régimen disciplinario de los particulares que administran justicia de manera ocasional o transitoria con posterioridad a la entrada en funcionamiento de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. Reiteración. El régimen disciplinario de los particulares que ocasional o transitoriamente administran justicia con la entrada en vigencia de la Ley 1952 de 2019. La competencia disciplinaria de los conciliadores de conformidad con la Ley 2220 de 2022 (2024)