Consejo de Estado. REGLA DE LA CONGRUENCIA. Las partes no pueden modificar la causa petendi en el recurso de apelación. INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS. Artículo 1622 del Código Civil. Las cláusulas de un contrato se interpretarán por la aplicación práctica que hayan hecho de ellas ambas partes, o una de las partes con aprobación de la otra parte. FORMATOS BÁSICOS MINEROS. Se deben presentar en todas las etapas del contrato de concesión minera, de acuerdo con las normas imperativas que rigen los contratos de concesión minera. PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD EN MATERIA MINERA. No se demostró su transgresión (2024)