“En otras palabras, resultaba indispensable que el contratista demostrara que los defectos no pudieron ser conocidos cuando evaluó la información, a pesar de su calidad de experto. Lo anterior, pues cuando un experto se obliga a ejecutar una obra con base en cierta información que conoció de antemano, se entiende que presenta su oferta habida consideración de esa información y en su condición de especialista que la evaluó”. “Todas las pruebas aportadas y practicadas en el proceso se relacionaron con aspectos pre contractuales y de ejecución del contrato o asuntos contables y financieros, pero ninguna de ellas permite determinar que la planeación fue defectuosa, inadecuada, o que no se ajustó a las prácticas del sector”.
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