Consejo de Estado. Régimen privado. Aplica el principio de buena fe en actos de suspensión y prórroga del contrato (Código Civil. Art 1603. Código de Comercio 871) CONTRATO DE OBRA. Principio de autonomía de la voluntad. SUSPENSIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO. Alcance de la intención de las partes. Principio de buena fe. Principio de normatividad. Renuncia anticipada. PRINCIPIO DE PLANEACIÓN. INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. La planeación se sitúa en un momento previo a la celebración del contrato, así que su eventual inobservancia o indebida ejecución no es un asunto que se proyecte frente a la exigencia en el débito obligacional derivado de lo pactado y, por ende, debatible bajo la pretensión del incumplimiento contractual (2023)
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