Nulidad absoluta de CONTRATO ADICIONAL. Restituciones mutuas. Ley 80 de 1993. Norma especial. Celebración de contrato con objeto ilícito “a sabiendas” OBJETO ILÍCITO EN CONTRATACIÓN ESTATAL Y RESTITUCIONES MUTUAS-El artículo 48 de la Ley 80 es norma especial que prefiere al artículo 1525 CC. RESTITUCIONES MUTUAS-La especialidad de la Ley 80 no está en excluir las sanciones que prevé el derecho privado frente a la nulidad por objeto o causa ilícitos a sabiendas.