Consejo de Estado. PRUEBAS EN PROCESOS JUDICIALES. DERECHO A LA INTIMIDAD ECONÓMICA. No está legalmente autorizado el levantamiento de la reserva legal. DECLARACIÓN DE RENTA. Es una información que constituye un documento de carácter privado contentivo de la información fiscal y patrimonial del demandante. El artículo 583 del Estatuto Tributario regula la reserva de la declaración de renta, en el sentido de que “la información tributaria respecto de las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuren en las declaraciones tributarias, tendrá el carácter de información reservada”; sin embargo, el legislador estableció excepciones al anterior mandato legal, para lo cual indicó que la reserva de las declaraciones tributarias se levanta: i) en los procesos penales, cuando las autoridades correspondientes las decreten mediante providencia judicial, para que sirvan como prueba, ii) para los fines de control al lavado de activos, iii) para efectos de intercambio de información tendiente a la liquidación y control de impuestos nacionales, departamentales o municipales iv) Tratándose de procesos para la fijación de alimentos en proceso judicial (2024)