"... a partir de la expedición y entrada en vigencia del CGP, el legislador introdujo una importante modificación respecto de la determinación en juicio de la autoría de los documentos, en tanto, la presunción de autenticidad que en la anterior codificación procesal civil se predicaba de manera general respecto de los públicos, se extendió a los privados, frente a los cuales en la legislación anterior aquélla sólo operaba en excepcionales casos25. En efecto, el inciso segundo del artículo 244 del CGP..."
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