Consejo de Estado. ESTUDIOS PREVIOS Y ESTUDIOS DEL SECTOR. NO son actos administrativos. A través de estos documentos no se adoptan decisiones que produzcan efectos jurídicos ni se modifica el ordenamiento jurídico. Son el fundamento para la elaboración de los PLIEGOS DE CONDICIONES. Hacen parte de su motivación. EL DEBER DE PLANEACIÓN. No se advirtió un cargo concreto que vulnerara este deber (2023)
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