Consejo de Estado. NULIDAD absoluta del contrato por objeto ilícito. Contrato a precios unitarios. Sobreprecio. Nulidad por objeto ilícito al pactar sobreprecios en contratos estatales. Principio de planeación. Precios del mercado. INHABILIDADES. Concepto. Finalidad. Clasificación. Características. Reiteración de jurisprudencia. Límites de la competencia para definir las inhabilidades. “La competencia del legislador para definir el régimen de inhabilidades no es absoluta. Presunción de inocencia. Reiteración de jurisprudencia (2021)
Se declaró de oficio la nulidad, por objeto ilícito, el precio unitario pactado para uno de los ítems del contrato y como consiguiente, de los pagos efectuados en consideración del mismo por considerar que se pactó un sobreprecio. Se condenó al consorcio al pago de una suma de dinero a favor de la entidad pública. Para la Sala los errores no pueden ser considerados como exclusivos de la entidad contratante, sino también tuvieron origen en el descuido y la actitud negligente de todos los actores involucrados en la relación contractual. No puede perderse de vista que, a voces del artículo 3 de la Ley 80 de 1993, los particulares colaboran con la Administración en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones”.