Consejo de Estado. NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO. ADICIÓN DEL CONTRATO. Decreto Ley 222 de 1983. MAYOR PERMANENCIA EN OBRA Y MAYOR OBRA EJECUTADA. Cuando el hecho se refiere a desequilibrio económico del contrato la fuente es actos de la administración o fenómenos externos a su decisión o extraños a las partes contractuales, pero, nunca podría darse como consecuencia del incumplimiento de una de las partes, pues, tratándose de incumplimientos contractuales el legislador con las estipulaciones previstas en el Código Civil, concretamente en los artículos 1546 y 1613 a 1616, determinó que el camino está en dos decisiones a tomar, ya sea persiguiendo el cumplimiento de la obligación o la rescisión del negocio jurídico, ambas con sus correspondientes indemnizaciones (2024)
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