Consejo de Estado. LIQUIDACIÓN JUDICIAL DEL CONTRATO. INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. IMPOSIBILIDAD DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. ESTUDIOS Y DISEÑOS. El contrato sí incluía desde su inicio actividades de estudios y diseños, de modo que la ausencia de estos no fue imputable a la entidad contratante, pues, por el contrario, le correspondía al contratista. El contratista no logró probar que la imposibilidad de ejecutar el contrato obedeció a causas imputables al departamento y, por el contrario, lo demostrado es que incumplió los plazos previstos para las actividades de diseño y entregó los estudios una vez expirado el término del contrato, siendo este el motivo que impidió la ejecución (2023)
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