Consejo de Estado. Inexistencia de relación laboral subyacente o encubierta. Reconocimiento de licencia de maternidad e indemnización a mujer vinculada por contrato de prestación de servicios. Perspectiva de género en las sentencia judiciales (2023)
“De acuerdo con esta posición jurisprudencial, que será acogida por esta Sala de Decisión, independientemente del vínculo contractual, es decir, a que se demuestre o no la existencia de una relación laboral subyacente o encubierta, la mujer vinculada por contrato de prestación de servicios que se encuentre en estado de embarazo tiene derecho al reconocimiento de la licencia de maternidad y a la estabilidad reforzada si: (i) el contratante conoce el estado de embarazo de la contratista, (ii) subsiste la causa del contrato y (iii) no cuenta con permiso del inspector del trabajo para terminar el contrato”.