Consejo de Estado. EXPROPIACIÓN. Reiteración jurisprudencial. Expropiación por vía administrativa. Está sujeta a posterior acción contencioso administrativa, incluso para controvertir el precio indemnizatorio. Justo precio de la indemnización expropiatoria. Se encuentra amparado por la presunción de legalidad de las decisiones administrativas. Perjuicios materiales en la modalidad de lucro cesante. Para acreditarlo es necesario demostrar que el inmueble expropiado se encontraba destinado a una actividad productiva y estimar y acreditar el monto de las rentas o ingresos dejados de percibir. DERECHO A LA PROPIEDAD PRIVADA. El derecho a la propiedad privada puede ser limitado cuando no cumple la función social o ecológica, cuando su adquisición quebrante las normas que la sustenta o, incluso, cuando entra en conflicto con el interés general, por lo cual el constituyente y el legislador, en el marco de los cometidos constitucionales, diseñaron diferentes instrumentos dirigidos a enervar ese derecho por la ocurrencia de alguno de los supuestos mencionados (2024)
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